Servicio Profesional Docente

FUENTE: http://servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx/

La Constitución establece que el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional docente (SPD) en educación básica y media superior se realizarían exclusivamente a través de concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. Establece también las atribuciones y facultades de los actores del sistema educativo nacional en materia de SPD (Ley General del Servicio Profesional Docente, 2013, pág. 8).

Desde 2014 en todo el país se han realizado los correspondientes concursos de oposición, de los cuales se han seleccionado a sustentantes idóneos para el SPD . Los sustentantes con dictamen de idoneidad tienen derecho a que se les asigne la plaza disponible que les corresponda según el orden de prelación en que hayan quedado comenzando con quien obtuvo el mejor resultado hasta el que, siendo idóneo, obtuvo el menor resultado.

Las plazas deben entregarse en un evento público antes del inicio del ciclo escolar, con todas las vacantes, definitivas y temporales que estén disponibles, para que el sustentante pueda elegir la que más le convenga (LINEE, 2015, pág. 11). Para desarrollar dicho evento, la CNSPD estableció un protocolo en el que se determinan los pasos a seguir para garantizar que el sustentante pueda elegir, de manera informada, el centro de trabajo al que será adscrito (CNSPD, 2014).

Para dar seguimiento al cumplimiento de la Ley en materia de ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el servicio profesional docente, desde 2013 la SEP, el INEE y la Autoridad Educativa Local han trabajado de manera coordinada, realizando, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, múltiples acciones para la operación, acompañamiento y supervisión de los procesos de evaluación.

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